• Tipo Órgano: Tribunal Supremo. Sala de lo Penal
  • Municipio: Madrid
  • Ponente: MIGUEL COLMENERO MENENDEZ DE LUARCA
  • Nº Recurso: 3391/2018
  • Fecha: 30/09/2020
  • Tipo Resolución: Sentencia
Resumen: El delito de malversación de caudales públicos requiere la concurrencia de los siguientes elementos: a) El autor debe ser funcionario público en los términos del art. 24 del Código Penal o resultar asimilado a la condición de funcionario por la vía del art. 435. b) Los efectos o caudales, en todo caso de naturaleza mueble, han de ser públicos cualquiera que sea el ámbito territorial o funcional de la misma. c) Los caudales o efectos públicos deben estar a su cargo por razón de sus funciones. La jurisprudencia de esta Sala ha interpretado el requisito de la facultad decisoria del funcionario sobre los bienes en el sentido de no requerir que las disposiciones legales o reglamentarias que disciplinan las facultades del funcionario le atribuyan específicamente tal cometido, refiriéndose también a las funciones efectivamente desempeñadas. d) Como cuarto y último elemento, la acción punible a realizar consiste en "sustraer o consentir que otro sustraiga", lo que equivale a una comisión activa o meramente omisiva. En el ámbito penal, el artículo 404 exige que se haya dictado una resolución, y por exigencias propias del principio de legalidad, no puede ampliarse su concepto hasta desnaturalizarlo, incluyendo algo tan distinto como es un informe. La conducta ejecutada erróneamente por los funcionarios que dictaron las resoluciones son conductas que albergan una antijuridicidad penal objetiva y los actos que dolosamente inducen o cooperan a ella resultan penalmente ilícitos.
  • Tipo Órgano: Audiencia Provincial
  • Municipio: Granada
  • Ponente: JOSE MARIA SANCHEZ JIMENEZ
  • Nº Recurso: 373/2020
  • Fecha: 24/09/2020
  • Tipo Resolución: Auto
Resumen: La Sala advierte que entre los hechos incluidos en el auto de transformación de Diligencias Previas se describen determinadas conductas que, eventualmente, podrían constituir el delito de falsedad documental al que hace referencia la acusación recurrente, haciendo expresa mención a posibles irregularidades de carácter económico en las cuentas del Patronato, que estarían reflejadas en documentos que, indiciariamente, no se ajustarían a la realidad contable, y estarían directamente vinculadas con uno de los delitos de los que menciona el Instructor en esa resolución, en concreto, con el de malversación de caudales públicos. Las partes acusadoras en sus escritos de acusación pueden formular cargos contra las personas designadas en dicha resolución que pudieran haber participado en su perpetración siempre que resulte del relato de hechos punibles, pero la parte recurrente sostiene que otra persona, respecto de la cual fue acordado el sobreseimiento, pudo haber cooperado en la comisión de los delitos de prevaricación y malversación, y la Sala a la vista de las diligencias entiende procedente su inclusión en el auto de transformación al ser uno de los cargos de confianza del Patronato que participó activamente en un expediente contractual en que se dice se tomaron decisiones contrarias a normas jurídicas en perjuicio de dicho ente. No obstante, recuerda que las partes acusadoras no están vinculadas con la tipificación de los hechos del auto impugnado.
  • Tipo Órgano: Tribunal Supremo. Sala de lo Penal
  • Municipio: Madrid
  • Ponente: SUSANA POLO GARCIA
  • Nº Recurso: 1993/2019
  • Fecha: 21/09/2020
  • Tipo Resolución: Sentencia
Resumen: El control casacional en relación a la presunción de inocencia se concreta en verificar si la motivación fáctica alcanza el estándar exigible y si, por ello, la decisión alcanzada por el tribunal sentenciador es, en si misma considerada, lógica, coherente y razonable. El delito de prevaricación exige: 1) resolución dictada por autoridad/funcionario en asunto administrativo; 2) que sea objetivamente contraria al Derecho; 3) que se manifieste en la falta absoluta de competencia, en la omisión de trámites esenciales del procedimiento; 4) que ocasione un resultado materialmente manifiestamente injusto; 5) que la resolución sea dictada para hacer efectiva la voluntad particular de la autoridad o funcionario El delito de prevaricación administrativa es el negativo del deber que se impone a los poderes públicos de actuar conforme a la Constitución y al ordenamiento jurídico.
  • Tipo Órgano: Tribunal Supremo. Sala de lo Penal
  • Municipio: Madrid
  • Ponente: SUSANA POLO GARCIA
  • Nº Recurso: 10001/2020
  • Fecha: 11/09/2020
  • Tipo Resolución: Sentencia
Resumen: Reconocimiento de resolución judicial en la UE (Grecia). Se recurre el auto dictado por la Audiencia Nacional, adaptando la pena a la legislación española y debiéndose cumplir la pena en un Centro Penitenciario de España.
  • Tipo Órgano: Audiencia Nacional. Sala de lo Penal
  • Municipio: Madrid
  • Ponente: JUAN FRANCISCO MARTEL RIVERO
  • Nº Recurso: 47/2020
  • Fecha: 11/09/2020
  • Tipo Resolución: Auto
Resumen: La demanda extradicional cumple con los requisitos establecidos en el Convenio de Extradición. Inadmisibilidad de prueba pericial caligráfica y una declaración jurada, al no corresponder al tribunal de extradición el conocimiento del fondo de los hechos objeto de comprobación delictiva. Los hechos que se investigan en la Federación de Rusia no están prescritos en nuestro país, con arreglo a la legislación española. Actos interruptivos de la prescripción: actos sustanciales de dirección del procedimiento contra el reclamado la propia petición de entrega, las resoluciones de iniciación del procedimiento penal, sobre búsqueda del acusado, decretando la busca y captura internacional, de sometimiento a juicio y ordenando la detención. Inexistencia de riesgo cierto de que el reclamado-recurrente sufra vulneración de sus derechos fundamentales: respecto al posible déficit de la legislación procesal rusa, no aparece elemento indiciario alguno que haga referencia concreta al reclamado aquí recurrente.
  • Tipo Órgano: Tribunal Superior de Justicia. Sala de lo Civil y Penal
  • Municipio: Oviedo
  • Ponente: IGNACIO VIDAU ARGÜELLES
  • Nº Recurso: 1/2020
  • Fecha: 03/09/2020
  • Tipo Resolución: Auto
Resumen: Los hechos objeto de instrucción son los dimanantes de los actos administrativos acometidos por los investigados, bien por acción o por omisión, cuando integraban la Corporación municipal del Ayuntamiento de Aller, exclusivamente en cuanto a los delitos de prevaricación administrativa, prevaricación urbanística y tráfico de influencias, tendentes todos ellos a favorecer la construcción en la localidad de Felechosa de una residencia geriátrica por el Montepío de la Minería Asturiana. El Magistrado Instructor acuerda el sobreseimiento libre de las actuaciones. En lo referente a la prevaricación administrativa, no se puede concluir, ni siquiera de forma indiciaria, que se trate de acuerdos o resoluciones prevaricadoras, o lo que es lo mismo arbitrarias o injustas, pues tanto el acuerdo de compra de la finca como el posterior acuerdo de su cesión gratuita al Montepío de la Minería, aun cuando fueron informadas desfavorablemente por la Interventora y la Secretaria Municipales, fueron tomados respondiendo a interpretaciones jurídicas discutibles pero defendibles. El reparo de dichas funcionarias se fundamenta en el hecho de considerar que el Montepío de la Minería no es una entidad privada de interés público sin ánimo de lucro como exige el art. 79.2 LRL y el art. 109.2 RBEL al entender es preciso una declaración expresa de tal condición, lo que es contrario a la doctrina sentada por de la Sala 4ª del Tribunal Supremo, contradicción suficiente para descartar la comisión de delito.
  • Tipo Órgano: Audiencia Provincial
  • Municipio: Albacete
  • Ponente: JUAN MANUEL SANCHEZ PURIFICACION
  • Nº Recurso: 63/2018
  • Fecha: 18/08/2020
  • Tipo Resolución: Sentencia
Resumen: Alcalde que decide aparentar la contratación laboral de su compañera sentimental, y el hijo de ésta, con quienes convivía, para propiciar su alta en el Régimen General de la Seguridad Social hasta obtener el periodo de cotización necesario para devengar derecho a prestación social por desempleo , contraviniendo las normas al respecto, ordenó verbalmente al personal de dicha Corporación la confección y redacción de dos contratos de trabajo de duración determinada a favor de dichas personas, firmando los mismos como Alcalde de dicha localidad y empleador o empresa contratante
  • Tipo Órgano: Audiencia Nacional. Sala de lo Penal
  • Municipio: Madrid
  • Ponente: JESUS EDUARDO GUTIERREZ GOMEZ
  • Nº Recurso: 8/2020
  • Fecha: 29/07/2020
  • Tipo Resolución: Auto
Resumen: Solicitud de extradición cursada de forma regular y adecuada por la Federación Rusa a España y con todos los requisitos legales. Dos hechos objeto de petición de extradición no se encuentran incursos dentro de la orden detención internacional dictada por el Ministerio del Interior ruso, ni están ni siquiera mencionados en el Acuerdo del Consejo de Ministros. Desestima la prescripción de alguno de los delitos imputados: conforme a la legislación rusa el hecho no habría prescrito y con arreglo a nuestro derecho, los hechos podrían ser constitutivos, no de un delito de apropiación indebida o de administración desleal, sino que malversación de fondos públicos. No se aprecian motivos políticos en la extradición.
  • Tipo Órgano: Audiencia Provincial
  • Municipio: Granada
  • Ponente: JOSE MARIA SANCHEZ JIMENEZ
  • Nº Recurso: 6/2019
  • Fecha: 21/07/2020
  • Tipo Resolución: Sentencia
Resumen: Legitimación de las acusaciones populares. No es admisible la apertura del Juicio Oral a instancias, en solitario, de la acusación popular, salvo en los supuestos en los que los bienes jurídicos protegidos por el delito sean de naturaleza colectiva: malversación, cohecho, prevaricación, falsedad en documento oficial. Auto de PA: determinación del objeto del proceso: hechos punibles e imputados, sin que puedan producirse acusaciones sorpresivas. Acusación por delito de malversación, en su redacción anterior a la actual, en su modalidad de omisión impropia relativa a consentir la sustracción por un tercero, que requiere el ánimo de lucro de éste. Delito de fraude en la contratación. Delito de prevaricación administrativa, y su comparación con la prevaricación urbanística. Condena por prevaricación a la Concejal y al Director General de Licencias (como cooperador necesario), vinculado con la concesión de licencia para apertura de una Sala de Fiestas incumpliendo la normativa vigente. Condena también como cooperador necesario al empresario que solicitó las licencias contrarias a las normas de planeamiento. Absolución del Alcalde (se le imputa la comisión del delito por omisión) al tener delegadas las competencias del Área de Urbanismo en la Concejal. Acusación del delito de tráfico de influencias. Condena en costas a las acusaciones populares por temeridad en algunas de sus acusaciones.
  • Tipo Órgano: Juzgado de Instrucción
  • Municipio: Sevilla
  • Ponente: JOSE IGNACIO VILAPLANA LUQUERO
  • Nº Recurso: 1/2020
  • Fecha: 19/06/2020
  • Tipo Resolución: Auto
Resumen: Juicio ante el Tribunal del Jurado. Auto de incoación del procedimiento para el enjuiciamiento ante el Tribunal del Jurado. Sobreseimiento respecto de otros de los investigados. Imputación de delitos continuados de malversación de causales públicos y de falsedad documental. Fundación pública dedicada a la formación y el empleo, en la que los investigados procedieron a la desviación de los fondos, utilizándolos para abonar los servicios recibidos en distintos locales de alterne, utilizando las tarjetas bancarias de las que disponían contra las cuentas de la referida Fundación.

Parece que no tiene configurado el plugin para ver el pdf embebido... puede descargar la resolución aquí.